Amelia Medina Cuadros - Mediadora verificada por la Asociación Madrileña de Mediadores

La solución a tus controversias en tus manos, con un solo click.

Servicios de mediación online o presencial. Tú eliges

 

 

La primera plataforma online para particulares y empresas que permite la gestión integral del procedimiento de mediación

1. Registro

El interesado se registra en nuestra plataforma y se le asigna un usuario

2. Solicitud

Se envía la solicitud de mediación a las partes interesadas vía mail

3. Mediación

Se realiza la mediación online con todas las garantías legales

4. Acuerdo

Se firma el acta final, con o sin acuerdo, a través de plataformas online homologadas

Todo el procedimiento es 100% seguro y cuenta con todas las garantías 

Quienes Somos

Amelia Medina Cuadros, abogada en ejercicio con más de 25 años de ejercicio, ante la situación de colapso judicial y la necesidad de la población de contar con medios adecuados para la solución de sus controversias de una manera más rápida y menos costosa, ha puesto en marcha este entorno seguro y de fácil acceso, tanto para particulares como empresas.

Habilitada por el Ministerio de Justicia para ejercer como mediadora en Derecho Civil, Mercantil y de Familia y como mediadora Concursal, cuenta con oficinas en Andalucía y Madrid y es miembro de la Asociación Madrileña de Mediadores. Además cuenta con colaboradores especializados por todo el territorio nacional.

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Mediación online, fácil y con garantía legal

Tanto si eres una empresa como un particular, ya tienes a tu alcance la primera plataforma fácil y segura para llevar a cabo un proceso de mediación 100% on line.

Con todas las garantías necesarias para poder hacer valer el resultado del mismo, tanto en vía judicial como extrajudicial. Válido para homologación judicial o elevación a escritura pública. Y sin moverte de casa. Bienvenido a la nueva era de la mediación on line.

¿Cómo funciona?

Si estás intersado en solventar tus controversias con terceros a través del procedimiento de mediación, únicamente debes registrate facilitándonos tus datos para que podamos remitirte un mail con el acceso seguro a tu procedimiento. A partir de ese momento,  el mismo proceso te irá notificando vía mail sobre los siguientes pasos para que puedas llevar a cabo la mediación de manera fácil y segura.

Si prefieres que se celebre la mediación de modo presencial o necesitas información adicional, sólo tienes que pulsar el icono de TE LLAMAMOS o WHATSAPP y contactaremos contigo de inmediato.

¿Cómo se hace el pago?

Una vez accedas a través del enlace que recibirás por mail y facilites los datos de identificación de las otras partes, deberás proceder al pago de la primera sesión a través de un enlace que te llevará a una plataforma de pagos segura.

En el momento que se realices el pago, tanto tú como las demás partes, recibiréis una convocatoria vía email para la celebración de la sesión. En el supuesto que la otra parte no comparezca a la reunión, con el primer pago,  se te entregará gratuitamiente un certificado con los datos previstos legalmente.

Para las sucesivas reuniones las partes convocadas recibirán un email con la convocatoria y el enlace para proceder al pago. Los costes de la mediación deberán asumirse por todas las partes, salvo que se pacte algo diferente en la sesión constitutiva.

El abono de las sesiones tendrá que efectuarse previamente a la celebración de las sesiones debiendo cada parte asumir el pago correspondiente.

 

¿Es la mediación legalmente obligatoria?

Según el nuevo Anteproyecto de ley de la Eficiencia Procesal aprobado por el Consejo de Ministros en diciembre de 2020 y el Anteproyecto de Ley de Impulso a la Mediación, será requisito de procedibilidad acudir a un medio adecuado de solución de controversias antes de acudir a la jurisdicción civil.

Además, la legislación nacional y local vigente establece, en los procedimientos civiles,  la obligación de informar por parte del Juzgado a las partes de la posibilidad de recurrir a la mediación para solucionar sus conflictos.

¿Cual es el coste del servicio?

La primera sesión, con un coste de 70€, será abonada por la persona que solicite el inicio del procedimiento. Esta cantidad incluye la emisión de un certificado con los datos legalmente necesarios, para el supuesto de que la otra parte no compareciese.

Las sucesivas reuniones tendrán un coste de 35€ por parte convocada que deberán abonarse previamente a la celebración de las mismas.  El número de sesiones se fijarán en el acta constitutiva del procedimiento.

Finalmente, tras la última sesión se firmará un acta de finalización, con o sin acuerdo, que tendrá un coste de 100€ y que podrá ser elevada a público o presentada ante el Juzgado, en el supuesto de que exista un procedimiento en marcha, para su homologación.

Proceso 100% online

Ponemos a tu alcance un procedimiento 100% para tramitar el procedimiento de mediación con todas las garantías. Esto te permitirá solucionar tus controversias de una manera sencilla, rápida y segura.

Tanto la celebración de las sesiones, los pagos, así como la firma de las actas y en su caso, del acuerdo, se hará por vía telemática a través de plataformas seguras que garantizan la validez legal de todo lo realizado.

Transparencia

Una vez des comienzo al procedimiento de mediación, se te asignará un usuario y tendrás acceso al estado de la misma, conociendo en tiempo real en qué situación se encuentra y las fases que se hayan celebrado.

Ante cualquier duda siempre podrás acudir a Contacto y estaremos encantados de ayudarte.

 

Sistema fácil de usar

Con un sólo click puedes dar inicio al procedimiento y la propia plataforma te irá informando de los pasos a seguir.

Intuitivo y sencillo.

Ante cualquier duda siempre podrás contactar con nosotros por whatsapp, email o telefónicamente.

Procedimiento legal

A través de la plataforma podrás completar el procedimiento de mediación conforme a los requisitos legales previstos en la legislación actual.

Una vez finalizado, con o sin acuerdo, podrás hacer valer tus derechos con la documentación que se te entregue.

Bien elevando lo acordado a escritura pública ante Notario o ante el Juzgado, en el supuesto de que ya tengas un procedimiento en marcha.

La mediación y las acciones judiciales son totalmente compatibles, por lo que se pueden celebrar ambas a la vez y complementarse.

¿Tienes dudas?

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